
DENUNCIA PENAL AL INTENDENTE POR RETENER 167 MILLONES
Caleta Olivia. El gremio de jerárquicos municipales denunció a Pablo Carrizo por no girar cuotas descontadas desde julio de 2025. Días antes, la Justicia Civil le negó el embargo.
El secretario general de la Asociación del Personal Jerárquico de la Actividad Municipal (APJAM), Alejandro Lugo, presentó el 31 de agosto una denuncia penal y se constituyó en querellante ante el Juzgado de Instrucción N.º 1 de Caleta Olivia. El escrito apunta al intendente Pablo Carrizo y a “quien en última instancia resulte responsable” en la Municipalidad.
El reclamo no es abstracto. APJAM sostiene que el Municipio actúa como agente de retención: descuenta la cuota sindical de los haberes del personal jerárquico y, desde el 31 de julio de 2025, no transfiere esos fondos a las cuentas del gremio. El certificado de deuda que acompaña la presentación fija el monto en $167.323.300,13.
La causa penal recién empieza. No hay procesamiento ni pericia judicial firme. Lo que sí hay es un expediente civil en trámite y un rechazo reciente a la medida cautelar que el sindicato pedía sobre fondos públicos.
Qué dice el gremio
En la denuncia, Lugo —con patrocinio de la abogada Manuela Aranda Fernandes— afirma que la conducta no es una demora administrativa menor. Argumenta que esos descuentos no pertenecen a las arcas municipales: salieron del salario de los afiliados y debían depositarse en la entidad gremial.
El escrito encuadra los hechos, principalmente, en:
• defraudación por retención indebida (art. 173, inc. 2, del Código Penal);
• incumplimiento de los deberes de funcionario público (art. 248).
También menciona un supuesto delito tributario por apropiación de recursos de la seguridad social. Esa tercera figura es la más discutible: las cuotas sindicales no son, por sí mismas, aportes previsionales ni recursos de la Caja de Servicios Sociales. Mezclar ambos conceptos sirve para endurecer el relato; no necesariamente para tipificar el hecho.
APJAM acompaña reclamos previos ante el Concejo Deliberante, el Ministerio de Trabajo, la Jefatura de Gabinete provincial y otras dependencias. El comprobante electrónico N245372/2026 acredita que el escrito ingresó el 31 de agosto a Mesa de Entrada de Instrucción.
El dato que cambia el titular
Cinco días antes, el 26 de agosto, el Juzgado de Primera Instancia N.º 1 en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Caleta Olivia rechazó el embargo cautelar pedido por la actora en el expediente 40088/2026, caratulado “APJAM c/ Municipalidad de Caleta Olivia s/ sumarísimo”.
La jueza Mónica Analía Navarrete no resolvió el fondo de la deuda. Resolvió que, en esta etapa, no estaban dados los recaudos para trabar dinero municipal.
El fallo es claro en tres puntos:
• no se acreditó un riesgo cierto e inminente de insolvencia o vaciamiento;
• la sola demora en cobrar un crédito no alcanza para tener por configurado el peligro en la demora;
• la Municipalidad impugnó el certificado de deuda: períodos, base de cálculo, cantidad de afiliados, montos retenidos, pagos parciales e intereses.
La magistrada remarcó, además, que el instrumento se confeccionó sobre una declaración del propio acreedor, sin reconocimiento municipal de la deuda. Y aplicó la Ley provincial 3947, que restringe las cautelares contra el Estado municipal cuando está en juego el interés público y la prestación de servicios.
La litis civil quedó trabada. La audiencia preliminar quedó fijada para el 9 de septiembre de 2026, a las 8, de manera presencial y con intento de conciliación.
Ahí aparece la tensión entre los dos escritos. En sede penal, el gremio sostiene que el Municipio reconoció no haber girado las partidas. En sede civil, la jueza concluyó que ese reconocimiento no está acreditado con la fuerza suficiente para trabar un embargo. Las dos lecturas no pueden convivir sin matices.
El conflicto viene de antes
El número de 167 millones no surgió el 31 de agosto. En mayo, el propio Lugo habló de casi 150 millones y de ocho meses sin giro. En octubre de 2025 ya había admitido el corte de beneficios a afiliados por falta de aportes. El reclamo es sostenido. También lo es la discusión sobre cómo se armó la liquidación.
El telón de fondo es una caja municipal tensionada: paritarias inconclusas, paros del SOEMCO, demoras de aguinaldo, descuentos bancarios sobre sueldos y socorro provincial para gastos corrientes. Carrizo admitió más de una vez la falta de fondos para honrar compromisos laborales. Eso describe una crisis de administración. No cierra, por sí solo, si hubo o no disposición de plata de terceros.
La distinción importa. Si el descuento figuró en el recibo, ese dinero dejó de ser municipal. No es coparticipación ni tasa. Es cuota de afiliados. Usarla para tapar agujeros de tesorería —si se prueba— no es “priorizar servicios”. Es otra cosa. Pero eso todavía hay que reconstruirlo con liquidaciones, padrones y extractos. No con un certificado unilateral.
Qué queda abierto
Hasta ahora, Carrizo está señalado por el cargo, no condenado. La denuncia nombra al intendente y deja abierta la cadena administrativa: liquidaciones, tesorería y área legal.
Tres preguntas ordenan el caso:
1. El monto. ¿Los $167,3 millones resisten el cruce con recibos, afiliados y transferencias, o se reducen por períodos, intereses y pagos parciales, como planteó la defensa municipal en Civil?
2. El destino. ¿Se retuvo y no se giró, o hay un saldo en disputa y no una apropiación?
3. La estrategia. ¿La vía penal investiga un ilícito o busca compensar el rechazo de la cautelar y sentar al intendente en un conflicto que ya es político?
El 9 de septiembre, en el Civil, las partes tendrán que poner hechos y ofertas sobre la mesa. En Instrucción, el fiscal deberá decidir si hay delito o una deuda gremial vestida de querella. Mientras tanto, el dato duro no necesita adjetivo: un municipio que no llega a fin de mes sigue reteniendo cuotas de un sindicato que dice tener servicios cortados. El resto —defraudación, desvío, crisis o litigio inflado— todavía está en el expediente.